Carrera académica
1852-1854. Sustituto anual de la cátedra de Sexto año de Jurisprudencia, Universidad de Salamanca. Nombramientos de 1 de abril, 1852; 30 de septiembre, 1853.
1854-1855. Sustituto de las cátedras de Segundo y Tercero, desempeñando la primera por enfermedad y fallecimiento del titular. Nombramientos de 2 de noviembre, 1854; 8 de enero, 1855.
1855, 1 de noviembre. Se le confirma el nombramiento anterior para el curso 1855-1856.
1855, 20 de septiembre. Firma las oposiciones a cátedra de Prolegómenos del derecho, Historia y elementos del Derecho Romano en la Universidad de Santiago, vacante por la muerte de Buenaventura Fontanals.
1855, 6 de marzo. Catedrático de Derecho Romano en la Universidad de Santiago. Había sido propuesto unánimemente en cabeza de la terna.
1856, 27 de mayo. Traslado a la cátedra de Derecho Romano de Valladolid. Firma la solicitud el 10 de mayo, “muy principalmente por el estado de su salud, resentida en el clima húmedo de Galicia”; toma posesión el 4 de julio.
1858, 1 de enero. Encargado interino de la cátedra de Economía política, industrial y mercantil.
1858, 29 de abril. Nombrado catedrático de Códigos españoles, Ampliación del Derecho civil y fueros provinciales de la Universidad de Valencia, a donde se trasladó por permuta. Toma posesión el 7 de junio.
1858, 30 de septiembre. Suprimida la cátedra de Códigos es nombrado para la de Historia y Elementos del Derecho Civil español, común y foral.
1860-1861. Lección inaugural del curso (“Origen y desarrollo del Estado y del Derecho en España”; se publicó en la Revista general de legislación y jurisprudencia).
1862, 16 de noviembre. Pasa a la categoría de ascenso, nº 210 del escalafón.
1863, 18 de septiembre. Solicita licencia por dos meses para restablecer su quebrantada salud; presenta certificado médico, según el cual sufría de ciática y gastro-enteralgia, siendo “de natural poco robusto, y … poco desarrollado, al contario de su ser intelectual, que tiene en él un predominio poco común”.
1866, 31 de octubre. A consecuencia de un cambio de planes de estudio pasa a la cátedra de Ampliación del Derecho civil y Códigos españoles.
1867, 8 de julio. Pasa a la cátedra de Historia y Elementos de Derecho civil.
1869, 25 de octubre. Es nombrado rector de la Universidad literaria de Valencia, cargo que desempeñaba desde el día 2 por decisión de la Junta revolucionaria.
1869, 28 de mayo. Se rechaza su renuncia (24 anterior) al cargo de rector de la Universidad de Valencia por motivos de salud.
1869, 3 de junio. Oficio en que notifica al Ministerio haberse hecho cargo del rectorado.
1871, 19 de julio. Renuncia al rectorado de Valencia por razones de salud. Reitera su renuncia el 6 de octubre, pero no es aceptada.
1873, 20 de julio. Al formar parte de la Junta interina del Cantón de Valencia, “para asegurar el orden”, dimite del cargo de rector de la Universidad; el 13 de agosto siguiente, “desde las Torres de Serranos, en donde he sido reducido a prisión por mandato del Gobernador”, reitera al Ministro de Fomento la anterior dimisión.
1873, 30 de julio (Gaceta de 20 de agosto). Por decreto de esta fecha se acepta su dimisión.
1875, 27 de abril. Se ordena “archivar sin más consecuencias” la exposición dirigida al gobierno por Pérez Pujol, Eduardo Soler y Pérez y José Villo y Ruiz, “los cuales pretenden intervenir en asuntos extraños á su ministerio y se permiten infundadas apreciaciones acerca de la enseñanza”.
1883, 30 de octubre. Solicita traslado a la cátedra (nueva creación) de Historia general del Derecho español de la Universidad de Valencia.
1884, 25 de septiembre. Nombrado para la cátedra de Derecho civil español, común y foral, Universidad de Valencia.
1884, 13 de diciembre. Nombrado para la cátedra de Historia general del Derecho español, en virtud de concurso y por ocupar el primer lugar en la propuesta elevada por el Consejo de Instrucción Pública.
1888, 14 de mayo. Solicita al ministro de Fomento se resuelva el expediente que abrió, meses antes, su petición de jubilación, “por causa de mi imposibilidad”.
1888, 23 de julio. Real orden de jubilación “por imposibilidad física notoria”. Cesa el 31.