TITULO PRELIMINAR
Disposiciones Generales
Artículo 1.
- El Instituto Universitario de Historiografía "Julio Caro Baroja" es un centro propio de la Universidad Carlos III de Madrid, que se dedica a la investigación y a la enseñanza de la Historiografía.
- El Instituto se rige por la legislación universitaria general, por los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid y por el presente Reglamento de Organización y Funcionamiento.
Corresponden al Instituto las siguientes funciones:
a) Organizar, desarrollar y evaluar planes y proyectos de investigación sobre historiografía.
b) Programar y realizar actividades docentes de tercer ciclo y postgrado, así como de especialización y actualización profesionales, conducentes o no a la obtención de diplomas académicos.
c) Impulsar la actualización científica, técnica, artística y pedagógica de sus miembros y de la comunidad universitaria en su conjunto.
d) Contratar y ejecutar trabajos científicos, técnicos y artísticos con personas físicas o entidades públicas o privadas en el marco de la legislación vigente.
e) Promover la difusión y realización de trabajos y publicaciones sobre historiografía.
f) Colaborar con los demás órganos de la Universidad en la realización de sus funciones.